MARCA INTERNACIONAL
"Nuestro despacho cuenta con un cualificado equipo de Agentes de la Propiedad Industrial, Agentes de Marcas Internacionales y abogados expertos en Derecho de signos distintivos con una gran experiencia en el asesoramiento, preparación, presentación, tramitación y defensa de solicitudes de marcas internacionales."
1. EN QUÉ CONSISTE.
La Marca internacional es un sistema para obtener protección sobre una marca, en varios países simultáneamente, acogidos al Arreglo y/o al Protocolo de Madrid sobre Marcas internacionales, tratados que regulan su protección.
2. PAÍSES QUE SE PUEDEN DESIGNAR.
Listado actualizado de OMPI
3. PROCEDIMIENTO.
La solicitud se efectúa mediante una presentación única que, posteriormente, es sometida a una tramitación equivalente a una solicitud nacional en cada país designado, pudiendo ser concedida o denegada independientemente en cada país.
4. NECESIDAD DE UNA SOLICITUD O REGISTRO BASE.
Uno de los requisitos para poder solicitar una marca internacional es el de disponer de un registro de marca concedido (en los países vinculados por el Arreglo de Madrid) o de una solicitud que posteriormente sea concedida (en el caso de países que sean miembros del Protocolo de Madrid), idéntica a la marca que se desea solicitar en el país de origen.
5. DEPENDENCIA DE LA MARCA DE BASE.
La Marca internacional es dependiente de la marca de base durante los 5 años posteriores a un registro. En los países vinculados por el Arreglo de Madrid, la anulación, revocación o caducidad de la marca de base, implica automáticamente la anulación de la marca internacional en todos los países designados. En los países únicamente vinculados por el Protocolo, se puede, no obstante, solicitar la transformación de la marca internacional en una solicitud de marca nacional.
Solicitar información sobre SOLICITUD DE MARCAS EN EL EXTRANJERO