EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA RECHAZA EL RECURSO PRESENTADO POR ESPAÑA E ITALIA CONTRA LA DECISIÓN DE AUTORIZAR UNA COOPERACIÓN REFORZADA ESTABLECIENDO UNA PATENTE UNITARIA.
Con fecha 16 de abril del 2013 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha acordado la desestimación de los recursos interpuestos por España e Italia contra la decisión del Consejo de la Unión Europea autorizando una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de protección mediante una patente unitaria.
La decisión desestima, entre otros, el argumento de que las patentes sean una materia excluida del ámbito de la cooperación reforzada por ser de competencia exclusiva de la Unión. En este sentido, el Tribunal señala que las patentes no constituyen norma sobre “competencia”, entrando en contradicción con la doctrina general en ese ámbito y con lo que señala en la propia decisión autorizando la cooperación reforzada, cuando se señala que la creación de una cooperación reforzada para la creación de una patente unitaria ofrecerá a las empresas de la Unión la posibilidad de mejorar su competitividad, al poder optar a una protección uniforme. Es obvio que las patentes conceden un derecho de exclusiva que afecta a la competencia al permitir al titular de la patente excluir a sus competidores explotar el objeto de su patente.
Como es sabido, España ha formulado también recurso contra los Reglamentos sobre la patente unitaria que deberán ser objeto de examen por el Tribunal de Justicia.