NOVEDADES
Los Tribunales ingleses obligan a recetar con la marca del producto farmacéutico del titular de la Patente de segundos usos médicos.
Los Tribunales ingleses han adoptado una decisión requiriendo que las recetas de un producto farmacéutico protegido por una Patente de segundo uso médico se prescriban usando la marca del titular de la Patente cuando dicho producto farmacéutico se prescriba para tratar la enfermedad protegida por la Patente de segundo uso médico. El caso se refiere a una disputa entre las empresas Warner-Lambert y Actavis en relación con el medicamento compuesto por el principio activo pregabalina. Dicho medicamento presenta tres indicaciones médicas diferentes. Para dos de dichas indicaciones la protección por Patente ya ha expirado. Sin embargo, para la tercera (tratamiento del dolor) Warner-Lambert tiene protección mediante reivindicación de tipo suizo de segundo uso médico (EP0934061).
PROBLEMA: La mayoría de las prescripciones o recetas de los médicos en el Reino Unido hacen referencia de forma genérica al principio activo sin mención específica del medicamento específico recetado (nombre comercial/marca). En tales casos, el farmacéutico suele proporcionar el medicamento genérico, que es más barato.
Esta forma de proceder choca directamente con la situación expuesta anteriormente en la que un medicamento presenta tres indicaciones, dos de ellas de dominio público y una tercera protegida por Patente, poniendo en riesgo que el medicamento genérico sea el proporcionado por el farmacéutico tanto en el caso de las indicaciones que son de dominio público como en la indicación protegida por Patente.
SOLUCIÓN: El Juez ha obligado al NHS (Servicio Nacional de Salud, por sus siglas en inglés) a emitir directrices indicando a los médicos que en el presente caso deben proceder de la siguiente forma:
• En caso de que la indicación médica a tratar sea el dolor neuropático, la pregabalina únicamente se debe recetar bajo el nombre de la marca Lyrica® (comercializado por la empresa Warner-Lambert), a menos que existan contraindicaciones clínicas o necesidades clínicas especiales que lo desaconsejen. En tales casos, no se debe recetar ni Lyrica® ni pregabalina.
• En caso de que la indicación médica a tratar no sea el dolor se debe continuar con la prescripción utilizando el nombre genérico pregabalina.
Comparecencia en el Congreso de los Diputados sobre el proyecto de Ley de Patentes.
El Director de la firma Luis-Alfonso Durán fue invitado a efectuar una comparecencia el pasado día 3 de marzo en el Congreso de los Diputados para informar sobre el Proyecto de Ley de Patentes que se está tramitando, en su calidad de Presidente del Comité de Propiedad Industrial e Intelectual de CEOE.
Reconocimiento de Durán-Corretjer, S.L.P. como despacho líder en España en la presentación y tramitación de marcas.
La revista británica World Trademark Review ha efectuado un análisis de las firmas profesionales de marcas líderes del mundo y ha seleccionado Durán-Corretjer, S.L.P. como despacho líder en España en presentación y tramitación de marcas, especializado en asesorar a empresas para obtener la máxima protección de la forma más eficaz.
El titular de una marca anterior puede demandar al titular de una marca posterior concedida sin necesidad de anularla previamente.
Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha declarado que el titular de una marca española anterior, confusamente similar con una marca posterior, igualmente concedida, podrá demandar al titular de ésta última, si éste la usa, sin necesidad de anular previamente dicha marca posterior. Esta decisión es coherente con el criterio que se viene aplicando a las marcas comunitarias.
Subvenciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas para la tramitación de Patentes - Convocatoria 2014
El BOE del 24 de marzo de 2014 ha publicado la convocatoria de subvenciones para el fomento de Patentes por la Oficina Española de Patentes y Marcas.
La presente convocatoria consta de dos programas diferentes: el Programa para el fomento de las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior y el Programa para el fomento de las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en España para la PYME y personas físicas.
Resumimos a continuación los aspectos más importantes:
1. Programa para el fomento de las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior:
a) Plazo para solicitarlas: hasta el 24 de abril de 2014.
b) La subvención puede ser solicitada para aquellos gastos realizados desde el 5 de julio de 2013 hasta el 24 de abril de 2014. En el caso de gastos de traducción, las traducciones han de haber sido presentadas entre estas mismas fechas.
c) Los conceptos objeto de subvención y las cuantías de referencia relativas a cada concepto se encuentran indicados en el anexo I de la Resolución. La subvención no podrá superar el 70% (80% para las PYMES y personas físicas) del importe indicado para cada concepto en dicho anexo.
Además de los conceptos enumerados en el anexo I, también son subvencionables los gastos de traducción de las solicitudes de patente o de modelos de utilidad, siempre que su objeto sea presentar las mismas dentro de un procedimiento de concesión. La cuantía de referencia establecida es de 700 euros por traducción de cada solicitud de patente traducida y presentada. Sólo se subvencionará hasta un 70% (80% para las PYMES y personas físicas) de dicha cuantía y para una traducción por idioma y por solicitud prioritaria.
d) Importes máximos subvencionados: un máximo de 60.000 Euros por solicitante de la subvención, 65.000 Euros en el caso de las PYMES y personas físicas.
2. Programa para el fomento de las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en España:
a) Plazo para solicitarlas: hasta el 24 de abril de 2014.
b) Los beneficiarios de este programa deberán ser personas físicas o Pequeñas o Medianas Empresas (PYMES), ambos domiciliados en España.
A estos efectos, se considerará PYME a aquellas empresas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Que empleen a menos de 250 personas.
- Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o que su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
- Que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los artículos 3 a 6 del Anexo I del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión Europea de 06/08/2008.
c) Los conceptos subvencionables serán:
- Las solicitudes de Patente española y la realización del informe de búsqueda de anterioridades en el estado de la técnica (IET).
- Las solicitudes de Modelo de Utilidad español.
- Las solicitudes de patente española prioritaria de una solicitud internacional PCT cuyo Informe de Búsqueda Internacional (IBI) se haya realizado con anterioridad al Informe sobre el Estado de la Técnica (IET).
Las cuantías de referencia relativas a cada concepto se encuentran indicadas en el anexo II de la presente convocatoria. La subvención otorgada no podrá superar el 90% del importe de dichas cuantías.
d) Importe máximo subvencionado: 65.000 euros.
e) La subvención puede ser solicitada para aquellas solicitudes de Patente o Modelo de Utilidad españoles que hayan sido publicados durante todo el año 2012, 2013 y durante 2014 hasta el 24 de abril y que no hayan recibido subvención en las convocatorias anteriores.
Si desean acogerse a dichas subvenciones deberán solicitarlas a través de la página web de la Oficina Española de Patentes www.oepm.es, en el siguiente enlace a la sección de subvenciones de la página de la OEPM donde encontrarán amplia información al respecto. Les informamos que la presente convocatoria sólo admite la presentación de solicitudes por vía telemática.
El enlace a dicha Resolución es:
http://www.oepm.es/export/sites/oepm/comun/documentos_relacionados/Ayudas/BOE-A-2014-3156.pdf
NUEVOS AGENTES DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tenemos la satisfacción de comunicarles que cuatro profesionales de nuestra firma han superado con éxito el examen de acceso al título de Agente de la Propiedad Industrial.
Los nuevos Agentes son, por orden alfabético:
Christian Durán, Abogado
César Lasanta, Ingeniero Industrial
Alfredo Llamas, Abogado
Ada Torras, Abogada
El examen de acceso al título de Agente de la Propiedad Industrial ha sido solamente superado por un 17 % de los candidatos presentados, lo cual demuestra el alto grado de preparación de los compañeros de nuestra firma que lo han superado y a quienes damos nuestra enhorabuena.
Estos cuatro nuevos Agentes refuerzan nuestro equipo de profesionales, con los que confiamos seguir proporcionándoles un servicio de la máxima calidad.
SEMINARIO SOBRE LA NUEVA LEY DE PATENTES DE ESTADOS UNIDOS Y SU COMPARACIÓN CON EL SISTEMA EUROPEO
El despacho de Agentes de la Propiedad Industrial Durán-Corretjer organiza, en colaboración con el despacho norteamericano Ratner Prestia, un seminario sobre la nueva Ley de patentes de Estados Unidos y su comparación con el sistema europeo, que se celebrará el 28 de octubre de 2013 de 9:00 a 13:30, y que será presentado por la Cónsul General de EEUU en Barcelona, según el siguiente programa, y que se celebrará en la Sala B del edificio de Foment del Treball Nacional sito en la Via Laietana 32-34 en 080003 Barcelona.
La inscripción es gratuita, pero indispensable para poder asistir al seminario, dados los sistemas de control de acceso al lugar del acto.
La lengua del seminario será el inglés.
Para inscribirse haga clic en este enlace.
IMPORTANTE DECISIÓN SOBRE CONFLICTOS DE PATENTES EN ESTADOS UNIDOS EN LA QUE HA INTERVENIDO DURÁN-CORRETJER.
La Comisión Internacional de Comercio de Estados Unidos (International Trade Commission), conocida como ITC, ha adoptado una importante decisión, desestimando la demanda por infracción de patentes presentada contra trece codemandados, al considerar que el demandante no cumple con el requisito de poseer una industria en Estados Unidos sobre el objeto de la patente.
Esta decisión, en la que ha intervenido nuestro despacho defendiendo a uno de los trece codemandados, ha sido la primera en un programa piloto del ITC para la resolución expeditiva de conflictos y constituye una victoria substancial para los trece codemandados.
Esta decisión demuestra también la importancia y el valor añadido que representa un análisis efectivo de los casos y la definición e implementación de las estrategias apropiadas.
SUBVENCIONES DE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS PARA LA TRAMITACIÓN DE PATENTES 2013.
A fin de impulsar la explotación de tecnología española y fomentar la transferencia de tecnología, la Oficina Española de Patentes y Marcas ha convocado durante los últimos seis años la concesión de subvenciones para el fomento de solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad.
El objetivo de estas convocatorias consiste en ayudar a los solicitantes a afrontar los gastos que pudiera suponer la tramitación de una Patente tanto dentro como fuera del ámbito nacional español, otorgando subvenciones para aquellas actividades que presuponen el pago de una tasa, de acuerdo con unas cuantías de referencia previamente establecidas.
La convocatoria para el año 2013, al igual que la del pasado año y que se abrió el día 5 de junio, establece dos programas: el programa para el fomento de subvenciones para Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior, y el programa de fomento para las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles.
El plazo para presentar las solicitudes para ambos programas finaliza el día 4 de julio.
1. Programa para el fomento de las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior:
- La subvención puede ser solicitada para aquellos gastos realizados desde el 4 de mayo de 2012 hasta el 4 de julio de 2013. En el caso de gastos de traducción, las traducciones han de haber sido presentadas entre estas mismas fechas.
- Los conceptos objeto de subvención y las cuantías de referencia relativas a cada concepto se encuentran indicados en el Anexo I de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 70% (80% para las PYMES y personas físicas) del importe indicado para cada concepto.
- En el caso de las traducciones, la cuantía de referencia establecida es de 700 euros por traducción de cada solicitud de patente traducida y presentada. Sólo se subvencionará hasta un 70% (80% para las PYMES y personas físicas) de dicha cuantía y para una traducción por idioma y por solicitud prioritaria.
- Los importes máximos subvencionados serán de un máximo de 60.000 Euros por solicitante de la subvención, y de 65.000 Euros en el caso de las PYMES.
2. Programa para el fomento de las solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en España:
- Los beneficiarios de este programa deberán ser inventores individuales o PYMES, ambos domiciliados en España.
- Los conceptos subvencionables serán:
- La solicitudes de Patente española y la realización del informe de búsqueda de anterioridades en el estado de la técnica (IET).
- Las solicitudes de Modelo de Utilidad español.
Las cuantías de referencia relativas a cada concepto se encuentran indicadas en el texto de la convocatoria. La subvención otorgada no podrá superar el 90% del importe de dichas cuantías.
- El importe máximo subvencionado será de 65.000 euros.
- La subvención puede ser solicitada para aquellas solicitudes de Patente o Modelo de Utilidad españoles que hayan sido publicados durante todo el año 2011, 2012, y durante 2013 hasta el 4 de julio de 2013.
Para acceder al texto de la convocatoria y sus anexos haga clic aquí.
Para mayor información sobre estos programas, pueden dirigirse al sitio web de la Oficina Española de Patentes y Marcas: www.oepm.es
CROACIA, UN NUEVO ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA.
El 1 de julio de 2013 la Unión Europea experimentará su séptima ampliación desde la creación de la Comunidad Europea en 1957 con la incorporación de Croacia.
En consecuencia, todas las Marcas Comunitarias y Modelos/Dibujos Comunitarios se extenderán automáticamente a dicho Estado Miembro.
Por tanto, el ámbito de protección de una Marca Comunitaria, Modelo/Dibujo Comunitario se amplía a un territorio más, siendo 28 Estados Miembros los que quedarán protegidos con un solo registro.